Sanciones a pilotos federados por participación en eventos NO avalados
COMUNICADO 001 de 2014
(Abril de 2014)
COMISIÓN DISCIPLINARIA DE LA FEDERACION COLOMBIANA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO
La Comisión Disciplinaria de la Federación Colombiana de Automovilismo Deportivo, en uso de sus facultades legales y en especial la estipulada en el artículo 15 del Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Automovilismo Deportivo, manifiesta ante los Clubes y Pilotos Federados que:
Unidos por los intereses comunes y preocupados por la inseguridad que representa para la población Colombiana y para los deportistas participantes en competencias NO AVALADAS por la Federación y/o eventos ilegales, nos permitimos informar que los Pilotos Federados que promuevan, gestionen, realicen, participen y asistan a eventos ilegales, es decir a eventos que no tengan el aval de la Federación serán SUPENDEDIDOS DE DOS (2) A CINCO (5) AÑOS por parte de la Comisión Disciplinaria.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a diere lugar la práctica de estas actividades ilegales por parte de la autoridad competente.
ARTICULO Nº 15 del Código Disciplinario. “Cualquier persona que en una u otra forma intervenga o participe en la organización o realización de un evento no autorizado o avalado por la F.C.A.D. o en un evento ilegal será sancionada por la Comisión Disciplinaria de la misma.”
ARTICULO Nº 34 del Código Disciplinario. “Se considerarán faltas muy graves y sus sanciones serán: 12. La promoción, gestión, realización, participación y asistencia a eventos ilegales, es decir a eventos que no tengan el aval de la Federación: SUSPENSIÓN DE DOS (2) A CINCO (5) AÑOS, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a diere lugar.”
Atentamente,
Original firmado por:
MAURICIO CORTES
Miembro de la Comisión Disciplinaria
GUILLERMO BAPTISTE
Miembro de la Comisión Disciplinaria
CARLO MARCANTONI
Miembro de la Comisión Disciplinaria